RESEÑAS DE LIBROS/BOOK REVIEWS

 

RESEÑA DEL LIBRO "LAS PRISIONES DE LA LOCURA. LA LOCURA DE LAS PRISIONES. LA CONSTRUCCIÓN INSTITUCIONAL DEL PRESO PSIQUIÁTRICO"

 

Bravo, Omar Alejandro. Las prisiones de la locura. La locura de las prisiones. La construcción institucional del preso psiquiátrico. Madrid, Grupo 5 (Colección Salud Mental colectiva, 5), 2015, 175 pp. [ISBN: 978-84-943080-5-5]

 

Las relaciones entre crimen y locura, entre cárcel y manicomio, han sido apuntadas frecuentemente por la literatura tanto psiquiátrica, como jurídica, histórica o sociológica. Este libro de Omar Alejandro Bravo constituye, a mi juicio, una aportación relevante y original a esta compleja y transversal problemática, pues ofrece interesantes elementos para reflexionar sobre unas cuestiones que suscitan la preocupación de los profesionales, a la vez que tienen muy directas consecuencias sobre un colectivo concreto de ciudadanos (locos y delincuentes, pero ciudadanos al fin), convertidos en objetivo de políticas de defensa social. Un colectivo que forma parte de ese “excedente social” que el sistema termina ubicando en una red institucional cuya función es aislar, etiquetar y controlar a sus integrantes. Es obvio que en cualquier sistema de control social el principio de clasificación y distribución implica la existencia de “residuos”, ya que siempre hay algo inclasificable, inasimilable, ineducable o irreductible. El desertor (no el soldado indisciplinado), el débil mental (no el niño díscolo) o el criminal (no el infractor) serán, como nos explicó Foucault, residuos de la disciplina militar, escolar o jurídico-policial, respectivamente; y, naturalmente, el loco, el alienado, será considerado el residuo de residuos. Pues bien, son los locos-delincuentes (residuos por partida doble), los protagonistas del libro que nos ocupa, unos sujetos “peligrosos” pero inimputables que serán recluidos bajo el llamado régimen de las “medidas de seguridad” y que darán lugar a la categoría de “preso psiquiátrico”, una construcción social que Omar Alejandro Bravo analiza con solvencia y esmero.

Para ello recurre a herramientas metodológicas y hermenéuticas sin duda acertadas; por un lado, a la reflexión histórica con fines epistemológicos; por otro, a estudios de caso que permiten generar modelos interpretativos especialmente esclarecedores. El extraordinario auge que la historiografía psiquiátrica ha alcanzado en las últimas décadas ha propiciado, en muy buena medida, que el problema de la criminalidad haya sido considerado, de manera especialmente fecunda, en sus relaciones con la locura. Los pioneros trabajos de Foucault, y no me refiero tanto a la Histoire de la folie à l’âge classique (1961) sino al Moi, Pierre Rivière… (1973) o a Surveiller et Punir (1975), están en el origen de toda una tradición historiográfica que ha pretendido mostrar de qué manera las relaciones entre crimen y locura desempeñaron un importante papel en la elaboración de nociones como la de peligrosidad social. No se trataba sólo de dilucidar si determinados actos criminales podían haber sido perpetrados por un individuo con la mente trastornada sino, invirtiendo el razonamiento, si cualquier loco podría llegar a cometer un crimen. De este modo, dichas conexiones entre crimen y locura aparecían como uno de los fundamentos del poder psiquiátrico, no tanto en términos de “verdad”, sino de “defensa social”. La influencia de este planteamiento puede rastrearse en numerosas aportaciones aparecidas ya en los primeros años ochenta: La obra de Robert Nye, Crime, Madness and Politics in Modern France (1984); las de los españoles José Luis Peset, Ciencia y marginación. Sobre negros, locos y criminales (1983), o Fernando Álvarez-Uría, Miserables y locos. Medicina mental y orden social en la España del siglo XIX (1983), o la del argentino Hugo Vezzetti, La locura en la Argentina (1983), son, sin duda, buenos ejemplos de la importancia de este tipo de trabajos.

Estas primeras aportaciones fueron muy útiles y establecieron marcos generales que permitieron, en décadas sucesivas, ir afinando en el conocimiento de las prácticas psiquiátricas y criminológicas concretas a través de estudios locales y comparados capaces de diferenciar los contextos geográficos, socio-políticos, económicos, etc. En nuestro medio, los trabajos de Ricardo Campos en torno al concepto de peligrosidad social manejado por los psiquiatras españoles de la primera mitad del siglo XX, son una muy buena muestra de este tipo de investigaciones que tienen como objetivo valorar el peso de los discursos y de las prácticas institucionales. Estudios de caso que posibilitan, ante realidades concretas, la formulación de nuevas preguntas de investigación que amplían y replantean los límites de la reflexión y de la acción.

Estoy muy de acuerdo con el autor Omar Alejandro Bravo en que el concepto de peligrosidad es clave para entender el proceso de construcción social del preso psiquiátrico. Las nociones de “responsabilidad” o “irresponsabilidad” del individuo que ha cometido un acto delictivo o antisocial, fue desplazándose poco a poco para ser sustituido por la noción de “peligrosidad social”. Los psiquiatras y criminalistas de la escuela positiva pretendían así conjurar el temor de los juristas y de la opinión pública de que un cierto número de delincuentes pudieran beneficiarse de informes psiquiátrico-forenses que demostraran, mediante el diagnóstico de un trastorno mental, la irresponsabilidad o la “responsabilidad atenuada” (otro concepto fuertemente discutido) de los reos. Este va a ser uno de los ejes fundamentales del debate a lo largo de las primeras décadas del siglo XX; se hacía necesario, en el sentir de los criminólogos positivistas, cambiar las “viejas” leyes –el modelo basado en el derecho penal clásico- y adecuarlas a la “nueva” ciencia que ellos representaban. “Psiquiatría nueva y leyes viejas”, según reza el título de un conocido artículo del criminólogo argentino José Ingenieros publicado en 1914, constituyó el hilo conductor de un prolongado debate que, aunque con determinadas especificidades según el contexto que consideremos, se reprodujo insistentemente en Europa y América durante las primeras décadas del siglo XX. Conocer el grado de libertad moral con el que se comportó un individuo al transgredir la ley había dejado de ser, para los representantes de esa nueva psiquiatría, la cuestión fundamental a debatir en las salas de justicia. Lo importante para la comunidad, para que ésta se sintiera segura, era ahora establecer no los agravantes o atenuantes del delito, sino la posibilidad de que el delincuente fuera considerado un peligro para la sociedad. Merece la pena destacar que este concepto de “peligrosidad social” tendrá su máxima expresión y aceptación a partir de los años veinte y treinta, cuando las aspiraciones de psiquiatras y criminalistas encuentren espacio tanto en los discursos considerados más avanzados y progresistas, algunos de los cuales llegaron de la mano de la higiene mental, como en los códigos penales de inspiración fascista como, por ejemplo, el código Rocco en la Italia de Mussolini (1930) o el código penal promulgado en la España en 1928, durante la dictadura de Primo de Rivera y abolido por la Segunda República. Conviene recordar, asimismo, que la Ley de Vagos y Maleantes, redactada por el prestigioso jurista socialista Jiménez de Asúa, se promulgó en 1933, durante el primer bienio de la Segunda República. En cualquier caso, tanto en los discursos más liberales como en los más autoritarios, la peligrosidad social de los criminales se orienta –golpe de gracia dado por la escuela positivista al pensamiento preliberal de Beccaria- hacia la prevención del delito y las medidas de seguridad.

Con este telón de fondo, Omar Alejandro Bravo centra su análisis en la creación de los manicomios judiciales en Brasil y en Colombia, dos países latinoamericanos que conoce bien, y que de algún modo recogen y adaptan toda esa tradición histórica. Los análisis de casos, correspondientes a sujetos en régimen de medidas de seguridad en una cárcel próxima a Brasilia, ofrecen una perspectiva diferente y muy esclarecedora de lo que supone el diagnóstico “peligrosidad”. Es evidente que la etiqueta diagnóstica ejerce una inusitada violencia sobre el paciente mental, todos sabemos la capacidad estigmatizante y cosificadora que puede llegar a tener un diagnóstico psiquiátrico, pero cuando este es el de “peligrosidad” (que, obviamente, no es un concepto psicopatológico), el juicio clínico pasa a ser una valoración moral y social que nada tiene de científico. Pienso que esta peligrosidad social tiene que ver, al menos en buena medida, con las ansias de “seguridad” del estado liberal (y neoliberal). La necesidad de mantener el “derecho a la propiedad”, así como, en un sentido más general, el “orden establecido” propició que las medidas policiales y represivas primaran sobre las políticas sociales. Pobreza, locura y criminalidad se dan cita en contextos sociales deprimidos y en las instituciones tutelares y de defensa social. La seguridad se prioriza siempre sobre la salud en sociedades con desigualdades y déficit democrático, como las propiciadas por las actuales políticas económicas neoliberales. El preso psiquiátrico no sería, en este sentido, una mera construcción ideológica –superestructural- sino también un producto de la estructura económica y social.

Finalmente, debo destacar que, siendo un libro académico, Las prisiones de la locura…, tiene un componente de denuncia importante, al poner de manifiesto tanto la burocratización de las instituciones, como el desajuste entre lo que es y significa el discurso legal, científico, político, etc., en torno a dichas instituciones y las prácticas cotidianas en su interior; dicho de otro modo, lo que aparentemente pretender ser y lo que realmente son. Todo ello, situado en un marco teórico nada desdeñable en el que numerosos autores, como Foucault, Goffman, Deleuze, Guattari, Bordieu, pero también Adorno, Althusser, Gramsci o Arendt, entre otros, van desfilando por las páginas de este libro con toda naturalidad, sin alharaca, excesos, ni arrogancia intelectual, lo que denota no solo la excelente formación del autor sino su buen criterio a la hora de fundamentar sus argumentos.

Culmina la obra con la presentación de algunas experiencias alternativas de gran interés que pasan por construir nuevos espacios jurídico-institucionales que, con un cierto aire basagliano, limiten el discurso estrictamente medicalizado y que superen, de una vez por todas, el concepto de peligrosidad como elemento central de las teorías y prácticas en torno a las personas con sufrimiento psíquico.

En suma, podemos decir que este libro de Omar Alejandro Bravo viene a encuadrarse en esas dinámicas denominadas de investigación-acción: la identificación de un problema que crea una profunda insatisfacción y que es susceptible de ser analizado en profundidad y de ser resuelto mediante acciones o experiencias alternativas. Por todo ello me parece un gran acierto editorial que, gracias a la iniciativa de Manuel Desviat, podamos contar en nuestro medio con este libro que, sin duda, será origen de nuevas reflexiones sobre cuestiones y problemáticas que nos afectan directamente aquí, en el Estado español. La discusión sobre los ingresos involuntarios, los proyectos de reforma del Código Penal, las medidas de seguridad, el funcionamiento de nuestras propias instituciones y el endurecimiento de la reclusión psiquiátrica, la libertad vigilada, etc., etc., son asuntos candentes y con una alta carga ideológica sobre los que, sin duda, se seguirá debatiendo en nuestro futuro más inmediato.

 

Rafael Huertas
Instituto de Historia, CSIC
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